Senado: funcionarios que dañen finanzas públicas, deberán pagar

El Pleno del Senado avaló la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, que obliga a todo aquel que cause daño o perjuicio a las arcas locales a pagar la indemnización correspondiente, aparte de las sanciones penales y administrativas que tengan lugar; además exige transparencia de la deuda contraída por los gobernadores, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y los alcaldes.

Aunque el senador Mario Delgado, exsecretario de Finanzas del Distrito Federal, alertó que la nueva ley disfrazará la deuda subnacional y puso como ejemplo los esquemas de Asociaciones Público-Privadas; legisladores del PRI, PAN PRD y PVEM respaldaron la minuta al advertir que por primera vez se transparentará cualquier empréstito que contraten los gobiernos locales y se les obligará a contraerlo en las mejores condiciones del mercado.

La minuta fue respaldada con 85 votos en favor, nueve en contra y una abstención.

Va a diputados

Los senadores le hicieron modificaciones, por lo que pasará de nuevo a la Cámara de Diputados para su aval. Entre los cambios se encuentra elevar de 10 a 15% el techo de financiamiento neto de los ingresos de libre disposición a los entes públicos que estén en condiciones de sanidad.

También modificaron la minuta para que las entidades federativas y los municipios estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la reforma constitucional, de lo contrario no podrán acceder a la deuda estatal garantizada.

Con este aval, los legisladores advirtieron que para evitar un descalabro a las finanzas públicas, la deuda estatal garantizada no excederá 3.5% del Producto Interno Bruto nacional.

Los entes públicos no podrán contraer, directa o indirectamente, financiamientos u obligaciones con gobiernos de otras naciones, sociedades o particulares extranjeros, ni cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional y sólo podrán contraer deuda cuando el dinero se destine a inversiones públicas productivas y al refinanciamiento o reestructura.

Las legislaturas locales, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, autorizará los montos máximos para la contratación de financiamientos y obligaciones.

La deuda a corto plazo no necesitará la aprobación del Congreso local siempre y cuando el monto no exceda 6% de los ingresos totales aprobados en su ley de ingresos y queden liquidados tres meses antes de que concluya la administración.

más Facultades y obligaciones a la secretaría de Hacienda

Mientras que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) será la responsable de un sistema de alertas de deuda subnacional y del Registro Público Único, mismo que transparentará toda la deuda subnacional, separada por créditos, emisiones bursátiles, contratos de arrendamiento financiero, operaciones de factoraje, garantías y contratos de Asociaciones Público-Privadas.

Jorge Luis Lavalle (PAN) refirió que en los últimos tres años, el endeudamiento de los estados se incrementó en 17.7%; además, del total de los créditos contratados, más de 50% ha sido comprometido con la banca comercial, que a su vez es acreedora de alrededor de 300,000 millones de pesos.

En tanto, Manuel Cavazos, del PRI, resaltó que la ley propiciará mayor transparencia, estabilidad a las finanzas públicas, préstamos contratados en las mejores condiciones de mercado y fiscalización de cualquier contratación de deuda local.

Luego de que Manuel Bartlett (PT) fijo que la ley atenta contra el federalismo, Dolores Padierna (PRD) dijo que esto se puede considerar como una medida necesaria ante el riesgo de que el gobierno federal tenga que asumir las deudas en el futuro.

Deuda bajo la lupa

La Iniciativa de la reglamentación secundaria se envió a la Cámara de Diputados por el Ejecutivo, el día 17 de agosto del 2015.

  • Crea Registro Público Único que se actualizará diariamente y deberá estar operando el 1 de abril de 2017.
  • Crea un sistema de alertas con tres indicadores que deberá estar operando a más tardar en abril 2017.
  • Pone un techo de endeudamiento a la contratación de créditos.
  • Obliga a registrar deuda de corto plazo y a pagarla tres meses antes de terminar un periodo de gobierno.
  • Gobiernos subnacionales deberán subir a sus páginas de internet los contratos y condiciones de un crédito un día después de haberse firmado.
  • Ingresos excedentes de libre ingreso se destinarán 50% a pago anticipado de pasivos.
  • Responsabiliza a funcionarios públicos de malos manejos financieros.
  • Personas físicas y morales deberán pagar por el daño o perjuicio provocado a las arcas públicas locales.

Los cambios:

  • El Senado eleva de 10 a 15% el techo de financiamiento neto de los ingresos de libre disposición a los entes públicos que estén en condiciones de sanidad.
  • Las entidades federativas y los municipios deben estar al corriente en sus obligaciones establecidas en la reforma constitucional o no accederán a la deuda estatal garantizada.

 

 

ElEconomista

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