Contienda Electoral Acotada por un Código Omiso, Confuso y Viciado

 *Tres candidatos formales a la Presidencia y uno testimonial

*Quien diablos inventó las denominadas “intercampañas”

*La veda electoral se interpreta a modo y por conveniencia

 

Mario Alberto Falcón Correa

 

El elenco de actores políticos está completo en la sucesión presidencial. Los candidatos de las tres principales fuerzas están en los camerinos, retocando su maquillaje y repasando el libreto. Y por si no fuera suficiente, el reparto de la obra político electoral del 2012, cuenta con otro aspirante: Gabriel Quadri de la Torre.

Por el Partido Acción Nacional, detentando el poder presidencial, la decisión fue a favor de Josefina Vázquez Mota. El ex gobernador Mexiquense, Enrique Peña Nieto, es el candidato oficial del PVEM y todavía precandidato único del PRI. La llamada izquierda mexicana, aglutinada en un membrete llamado “Movimiento Progresista” con el PRD, el PT y Movimiento Ciudadano (antes Convergencia) como ingredientes, fue el primero en legitimar la segunda aspiración de Andrés Manuel López Obrador.

Hasta allí, la parte seria o formal, como se quiera llamar. Pero surgió un ingrediente más: la postulación del ingeniero Quadri, cuando el PANAL canceló su alianza con el PRI.

 

Al momento en que los mexicanos esperábamos que se levantara el telón y comenzara la función, emergió el Consejero Presidente del IFE, Leonardo Valdés Zurita, convertido en director de escena y paró en seco la función.

Con un debatido y cuestionado argumento, extraído de un texto confuso, omiso e insuficiente de la Reforma Política del 2010, de golpe y porrazo se decretó la “veda lectoral” durante 39 días y golpe de multas y amenazas, frenó a los candidatos, paralizó a los partidos y dejó a los ciudadanos boquiabiertos.

 

El hoyo ciego, el tiempo del silencio y la condena a la inmovilidad, mandó a los presidenciales a guardarse en sus amurallados bunkers y a blindarse contra filtraciones o espionajes que colocaran en riesgo sus aspiraciones. 

El Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales (COFIPE), producto de la Reforma Política del 2007 establecía calendario y tiempos para cada una de las etapas electorales; señala violaciones y sanciones. El árbitro electoral, para sorpresa de partidos, candidatos y ciudadanos, soltó al “Frankenstein” que los propios partidos crearon a través de sus bancadas en el Congreso de la Unión.

Cuando las reglas no son claras, la interpretación discrecional de quien es responsable de aplicarlas puede ser discutida y discutible, pero deberá ser acatada sin excusa ni pretexto, como está ocurriendo en el lapso del término de las precampañas a la fecha de arranque de las campañas formales.

 

LAS “INTERCAMPAÑAS”, APORTE DEL IFE

En un obsesivo afán por ejercer férreo control sobre el proceso electoral federal, el IFE y su Consejero Presidente, Leonardo Zurita Valdés, inventaron el término “Intercampañas”, estableciendo limitaciones a partidos y candidatos para promoverse y difundir sus plataformas y programas de gobierno.

La sociedad mexicana fue condenada a un ayuno de información injustificado y absurdo, propio de las dictaduras y no de la democracia a la que se aspira consolidar.

 

Las “libertades” autorizadas por el IFE en la intercampaña mueven a risa. Los candidatos pueden ser entrevistados por los medios de comunicación electrónicos o escritos, pero a condición de no hablar de propuestas ni promover el voto para su causa.

Los candidatos pueden aparecer en noticieros de radio o televisión, siempre y cuando se concreten a “ser noticia” o formen parte de un evento cuya difusión sea eminentemente informativa.

 

Nadie sabe qué es noticia para el señor Valdés Zurita. Cuando el candidato puede ser una imagen inocua en un evento y menos establece su definición de la tarea informativa.

Ignora Valdés Zurita que los cuatro aspirantes presidenciales son, por si mismos, una noticia y cualquiera que sea su actividad, está indisolublemente vinculada a su condición de candidatos a la Presidencia de la República.

 

Si hemos de ser rigurosos observadores de la legislación electoral y respetuosos de la Reforma Política, no figura en ninguna parte de los textos jurídicos el término “Intercampañas” y mucho menos, la reglamentación de actividades políticas en ese lapso que será ni más ni menos que de 39 días.

Tal vez la religiosidad de Valdés Zurita lo llevó a pensar que en la temporada de Cuaresma, sería prudente enviar de vacaciones todo anuncio político que, para efectos de confesionario, resultan un rosario lleno de mentiras y promesas sin cumplir

No parece nada grave que un gobernante, sea el Presidente, un gobernador o el jefe del GDF y hasta un alcalde, opine sobre las elecciones: al contrario, es sano y es positivo que ello ocurra, así sabemos qué piensa cada uno de ellos. Y como los comicios no dejan de ser siempre un ejercicio plebiscitario, el premio o el castigo funcionan perfectamente bien en ese esquema el día de la elección

 

LA VEDA CONVENENCIERA

 

Cuando el Congreso de la Unión aprobó la Reforma Política en el 2007, estableció la veda propagantistica para los tres niveles de gobierno, pero nunca impidió o limitó la información pública o la difusión institucional. Es más, no podía hacerlo, porque entonces violaría el Derecho a la Información y el deber de informar, acciones plenamente establecidas en la Constitución como un derecho del ciudadano y una obligación de los gobernantes.

Quienes esgrimen la “veda electoral” como pretexto para aislarse de la sociedad, confunden la propaganda y la promoción personal, que si están prohibidas en tiempos de campañas, para evitar el uso de recursos públicos a favor de un partido o candidato determinado.

 

La reforma al artículo 34 Constitucional es muy clara. En primer lugar, prohíbe la promoción personal de los gobernantes o representantes populares, así como les está vedado asistir en días hábiles a las actividades proselitistas de los candidatos en campaña. Prohibe el uso de imágenes, logotipos o textos de propaganda política, PERO EN NINGÚN MOMENTO CANCELA LA INFORMACIÓN INSTITUCIONAL DE OBRAS Y ACCIONES DE GOBIERNO A FAVOR DE LA SOCIEDAD.

 

Cuando el Senado de la República anuló la compra de espacios en radio y televisión exclusivamente, para emitir opiniones o mensajes políticos, el Senador Pablo Gómez fue muy claro ante representantes de la Radio y de la Televisión.

“Estamos regulando operaciones comerciales de radiodifusores y empresas de televisión con ciudadanos, partidos y candidatos a cargos de elección popular, impidiendo la compra de espacios. De ninguna manera tiene que ver este asunto con la libertad de expresión, con el derecho a la información y con los medios impresos”, afirmó.

Y fue más contundente cuando señaló que el objeto de la reforma, era acabar con prácticas viciadas de negocios cuyo dinero pasaba por debajo de los escritorios a los bolsillos de los empresarios de radio y televisión, sin orígenes claros.

 

Está vedada la propaganda política de los gobiernos y la promoción personal de los gobernantes, no la información institucional y la difusión de acciones.

En conclusión: está prohibida la propaganda política desde las esferas de gobierno o desde la tribuna de representación popular, pero no la información.

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