LVII Legislatura Ratifica a Funcionarios del IEEM

• Los diputados aprobaron un periodo más para Francisco Javier López Corral y Ruperto Retana Ramírez. • Se designa a presidentes municipales sustitutos de cuatro Ayuntamientos. • Reformas constitucionales para proteger el interés superior del menor, erradicar el analfabetismo y garantizar derecho al agua.

Toluca de Lerdo, Méx., 13 de agosto de 2012.- El Secretario Ejecutivo General y el Contralor General del Instituto Electoral del Estado de México, Francisco Javier López Corral y Ruperto Retana Ramírez, respectivamente, fueron reelectos, para el periodo del 12 de septiembre de 2012 al 11 de septiembre de 2016, por el Pleno de la LVII Legislatura.
Durante la sesión del Noveno Periodo Ordinario, se precisó que ambos cumplieron con los requisitos legales, y en virtud de la importancia y trascendencia de los cargos se dispensó el trámite, sustanciando el análisis durante la plenaria, misma en que se les tomó la protesta de ley.
Horacio Jiménez López, (Movimiento Ciudadano) resaltó “los logros obtenidos por el Instituto”; en tanto el diputado independiente, Ricardo Moreno Bastida, calificó la reelección como “un meritorio premio al desempeño que han tenido”. Finalmente Luis Antonio González Roldán (Nueva Alianza), resaltó que con las designaciones se da cauce a un modelo electoral avanzado”. Al respecto, los diputados Crisóforo Hernández Mena (PRD), Carlos Madrazo Limón (PAN) y Carlos Sánchez Sánchez (PT) cuestionaron el desempeño del órgano electoral en temas como transparencia y autonomía; mientras, Jorge Álvarez Colín (PRI), afirmó que los nombramientos garantizan estabilidad y continuidad a los trabajos del IEEM.
DESIGNAN A PRESIDENTES SUSTITUTOS DE CUATRO MUNICIPIOS Por unanimidad, la LVII Legislatura designó presidentes municipales de Valle de Chalco Solidaridad, Nicolás Romero, Tepotzotlán y Amecameca a los ciudadanos: David Román Román, Israel Sarabia García, Gil Nieto Osnaya y Jaer Hugo Banda Robles, respectivamente, quienes concluirán el periodo constitucional 2009 – 2012.
El Pleno consideró las ternas propuestas por el Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política y la Ley Orgánica Municipal, toda vez que los correspondientes suplentes remitieron a los cabildos de dichos ayuntamientos, negativa por escrito a ocupar los cargos.
REFORMAS CONSTITUCIONALES El Pleno de la LVII Legislatura aprobó reformas a la Constitución local, a fin de establecer la obligación del Estado para tratar y erradicar el analfabetismo; que toda autoridad administrativa o judicial, en el ámbito de su competencia, vele por la protección del interés superior del menor; y garantizar el derecho al acceso y disposición de agua.
Con la reforma al artículo 5° constitucional y diversos artículos del Código Administrativo, propuesta por el diputado, Juan Hugo de la Rosa García (PRD), se determina que, además de impartir educación básica, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos, modalidades y niveles educativos, incluyendo la educación inicial, superior e indígena, necesarios para el desarrollo de la nación; además favorecerá políticas públicas para erradicar el analfabetismo.
Por otro lado, se aprobaron ajustes a diversas disposiciones de la Constitución Política local, con el propósito de agilizar los juicios en donde intervienen personas que requieren por ley protección especial; fortalecer la posición del Poder judicial como verdadero garante del interés superior del menor o incapaz y enfocar los recursos de la Procuraduría General de Justicia mexiquense a la materia que la Constitución General de la República le obliga, que es la investigación y persecución de los delitos, por ser éste el principal reclamo de la sociedad mexiquense.
Por otro lado, se avaló adicionar un quinto párrafo al artículo 18 constitucional para quedar: “En el Estado de México toda persona tiene derecho al acceso y disposición de agua de manera suficiente, asequible y salubre, para consumo personal y doméstico”.
El dictamen, propuesto por el diputado, José Héctor César Entzana (PVEM), definirá las bases, accesos y modalidades en que se ejercerá este derecho, siendo obligación de los ciudadanos su cuidado y uso racional.

 

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