ZONA METROPOLITANA

  • Recibieron constancias de mayoría 125 alcaldes del estado
  • Impugnaciones en el  IEEM la “cereza en el pastel” Nezahualcóyotl
  • Luego del “bochinche”  en el IEEM, se supo no pueden actuar

Por Fernando Olivas Ortiz

Concluyó la entrega de constancias de mayoría para los alcaldes que ganaron las elecciones del 1 de julio, el de Nezahualcóyotl, Juan Zepeda Hernández, fue el último en recibirla, por el alargamiento del problema postelectoral que se alargó por 12 días después de los comicios.

Por supuesto a la par de  dicho documentos, que entregó el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) comenzaron las impugnaciones de la mayoría de los partidos que participaron en la justa electoral, y claro está la “cereza en el pastel” Nezahualcóyotl, donde pese a que intervino la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), todo indica que la situación se arreglará desde la entidad mexiquense.

La FEPADE junto con la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM), estuvieron en las instalaciones del IEEM  el día de ayer en Toluca, donde pese a su presencia nada puso hacer porque carece de competencia por lo mismo todas las indagatorias serán llevadas a cabo en el ámbito local con el resultado – al tiempo de que todo estaba bien- de que únicamente pudieron corroborar el lugar y el estado en que se encuentran los paquetes electorales.

Pese al sainete que resultó en su momento la presencia de tantas autoridades, se pretendió verificar e inspeccionar los paquetes electorales que se encuentran debidamente asegurado con los sellos originales que fueron colocados desde que se confinaron en el lugar, dando fe y testimonio José Octavio Tinajero Zenil, Notario Público Número 68.

Estando presentes en todo momento funcionarios, peritos agentes de ambas instancias federales como estatales, y dando testimonio el Consejero Presidente del IEEM Jesús Castillo Sandoval y Consejeros Francisco Javier López Corral, y representantes de los partidos políticos y coaliciones

Luego del “bochinche”  se supo que el IEEM se encuentra imposibilitado de permitir la apertura de los mencionados paquetes electorales de acuerdo a los artículos 95 fracción XXV, relativo al Cómputo Supletorio del Consejo General, así como el Artículo 273 fracción V del Código Electoral del Estado de México, que ordena remitir al Tribunal Electoral del Estado de México, la documentación electoral para los juicios de inconformidad que se lleguen a presentar.

 

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